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jueves, 23 de febrero de 2023

NIF C-8, Activos intangibles.

 Reglas valuación.
• Reconocimiento inicial Adquisición de un activo intangible en forma individual Adquisición por intercambio de activos.
• Adquisición de una concesión del gobierno, sin costo.
• Adquisición de una concesión del gobierno, con costo.
• Activos intangibles generados internamente.
• Fase de investigación.
• Fase de desarrollo gastos anteriores que no son reconocidos como activos desembolsos subsecuentes sobre proyectos de investigación y desarrollo en proceso Amortización Valor residual.

Reglas de presentación.
• Los activos intangibles deben presentarse en el estado de posición financiera como activos no circulantes, deducidos de su amortización y pérdida por deterioro, acumuladas; tratándose de un crédito mercantil derivado de asociadas, dicho crédito mercantil debe adicionarse a la inversión.
• El cargo por amortización debe presentarse en el estado de resultado integral como parte de las operaciones ordinarias, en el costo de ventas y/o en gastos generales, según corresponda. 

Reglas de revelación.
• Cada clase de activos intangibles es un grupo de activos de naturaleza y uso similares en las operaciones de la entidad.
 • La entidad también debe revelar la naturaleza y efecto de los cambios contables en el reconocimiento de activos intangibles que sean de importancia en el periodo o se espera que tengan impacto significativo en periodos posteriores.
• La siguiente información sólo debe revelarse por las entidades públicas, siendo éstas las que tengan colocados títulos de deuda o de capital en una bolsa de valores, así como aquellas que estén en proceso de emitir títulos de capital o deuda en mercados públicos de valores.



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